MINECO | Registro del Mercado de Valores y Mercancías

Noticias Recientes

RECORDATORIO

A todos los Emisores, Agentes Colocadores y Agentes que conforman Redes de Colocación

Se les recuerda que la difusión de información con fines de promoción, comercialización o publicidad sobre valores o títulos, dirigida al público en general, está sujeta a la previa autorización del Registro del Mercado de Valores y Mercancías (RMVM), conforme el artículo 7 bis de la Ley.

No podrán difundirse con fines promocionales o de comercialización, mensajes relativos a los valores o títulos objeto de una oferta pública o colocación cuyo contenido no se incluya en los prospectos de colocación, suplementos, folletos o documentos informativos autorizados por el RMVM.

El RMVM ha puesto a disposición en el Sistema de Automatización Registral el proceso para facilitar el cumplimiento de esta obligación, y con ello evitar la sanción a que se refiere el artículo 92, literal d).

Compartir en Redes Sociales